El Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares, creado en 1946 por la Ley Nº 12.913 y actualizada por la Ley Nº 22.919, es una entidad autárquica con personería jurídica e individualidad financiera cuya misión consiste en contribuir con el Estado a la financiación de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión y liquidar y abonar los haberes mencionados correspondientes a los beneficiarios y a los no beneficiarios.
Atento a que los fondos del Instituto se integran fundamentalmente con fondos previstos en la ley general de presupuesto y que es competencia del Instituto instrumentar los mecanismos legales inherentes a la Seguridad Social del personal militar la administración del mismo funciona coordinadamente a través de una proporcionada participación de los diversos organismos con competencia en las materias propias de esta actividad. Representantes del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Economía y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, integran el Directorio del Instituto, así como un Oficial superior de cada una de las tres Fuerzas.
El Decreto 1628/2007, publicado en el Boletín Oficial el 15 de noviembre de ese año modificó su Carta Orgánica estableciendo un nuevo criterio para la conformación del Directorio: un miembro será designado en representación del Ministerio de Defensa, quien ejercerá la presidencia del Directorio; tres miembros serán propuestos por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas quienes representarán a cada una de las Fuerzas Armadas, un miembro será propuesto por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas y un miembro será propuesto por el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Liquidación y Pago de haberes de retirados y pensionados de las FFAA, para aquellos beneficiarios que opten por cobrar si apoderados se instrumentó un acuerdo con el Banco de la Nación Argentina, que permite optar por la acreditación en caja de ahorro, otorgándose entonces una tarjeta de débito que posibilita el cobro por medio de cajeros automáticos, asimismo los beneficiarios obtendrán de solicitarlo la tarjeta de crédito Nativa emitida por ese Banco que brinda importantes ventajas a sus usuarios.
Reclamos, gestión y pago de sentencias judiciales.
Otorgamiento de Poderes
Conjuntamente con el cumplimiento de su misión, el I.A.F.P.R.P.M. Cumple un significativo rol en la política definida por el Ministerio de Defensa de facilitar el acceso a la vivienda propia mediante la instrumentación de ventajosas líneas de créditos hipotecarios y préstamos personales para todo el personal militar tanto en actividad como retirado y sus pensionistas.
Personalmente, (de 8.00 a 13.00): Cerrito 572 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1010AAL) o en las Oficinas Regionales en Bahía Blanca, Mendoza, Córdoba, Paraná, Tucumán y en el Centro de Atención al Público Adelantado en San Miguel – Provincia de Buenos Aires.
Telefónicamente: Centro de Atención Telefónica, 0810-222-2423 (de 8.00 a 18.00)
Por Internet: http://www.iaf.gov.ar
On-line: IAF en línea