La Dirección de Políticas de Género tiene como acciones principales las de coordinar políticas con perspectiva de género con las instancias competentes al Estado, asistir a la Dirección Nacional en el desarrollo de políticas de formación y sensibilización en la materia, intervenir en el seguimiento de casos basados en discriminación de género, violencia laboral y coordinar propuestas y cursos de acción respecto a la incorporación de una perspectiva de género en operaciones de paz y al desarrollo de políticas en materia de violencia familiar. En este sentido, se desarrollaron los siguientes contenidos en materia de políticas de género en el ámbito de la Defensa.
Con el objetivo de dar a conocer las políticas en materia de género que tienen lugar desde el Ministerio de Defensa de la Nación, es importante destacar la jerarquía que adquiere la temática a través de la presencia de una Dirección de Políticas de Género dependiente de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa. En este sentido, se desarrollaron los siguientes contenidos en materia de políticas de género en el ámbito de la Defensa.
El Consejo se ha consagrado como un espacio tanto de reflexión y análisis como de implementación de prácticas transformadoras en materia de Género y Defensa. El mismo está integrado por representantes de las Fuerzas Armadas, de la Sociedad Civil, de la Academia y de diversos organismos del Estado. Esta conformación garantiza la diversidad de miradas las cuales se reflejan en iniciativas plurales y consensuadas.
Actualmente el Consejo lleva adelante diversas actividades y reuniones mensuales en el Ministerio de Defensa desarrollándose como un verdadero órgano asesor que se consolidó institucionalmente y que hoy en día puede dar cuenta de una basta trayectoria en materia de género y Defensa. Asimismo, da curso a las inquietudes en materia de reforma normativa en donde se analice una perspectiva de género en su contenido y continúa con las acciones de difusión que abarcan actividades tanto en el interior de las Fuerzas como así también la participación en seminarios y jornadas interinstitucionales.
Las Oficinas de Género de las Fuerzas Armadas son un espacio institucional de comunicación, contención y orientación para el personal militar. Las mismas tienen como función brindar el pertinente asesoramiento para el desarrollo profesional en igualdad de condiciones entre varones y mujeres. En este contexto, trabajan en la recepción de consultas sobre la aplicación de la normativa vigente y casos que pudieran contener algún tipo de discriminación o maltrato por razones de género.
Actualmente se encuentran en funcionamiento un equipo de trabajo en el Ejército, dos en la Armada y dos en la Fuerza Aérea. Desde las Oficinas se desarrollan tres grandes ejes: difusión, capacitación y consolidación de las Oficinas de Género.
Recientemente se crearon cinco nuevas Oficinas de Género, cuatro de ellas en el II, III y IV Cuerpo del Ejército (Corrientes, Córdoba y Bahía Blanca) y una en dependencias del Colegio Militar de la Nación. Desde Fuerza Aérea se creó una nueva Oficina de Género en el Liceo Aeronáutico Militar, Delegación Rosario, lo que marca un incipiente proceso de federalización e institucionalización de las oficinas como herramientas de gestión.
Estado Mayor General del Ejército, Dirección de Asuntos Humanitarios Azopardo 250, 2° Piso. Lunes a Viernes de 8hs a 18hs.
Comando del IIdo Cuerpo del Ejército, República Oriental del Uruguay s/n, Curuzú Cuatiá, Corrientes. Teléfono: 03774-423443 int. 193. Atención de 08 a 13 hs. Mail: nestorplanes@yahoo.com.ar.
Comando del Vto Cuerpo del Ejército, Florida 1450, Bahía Blanca. Teléfono: 0291-4880100 int. 225. Atención de 08 a 13 hs.
Comando del IIIer Cuerpo, Depto I Personal, Cdo. GUB. Teléfono: 0351-4337252/53. Atención de 08 a 13 hs.
Colegio Militar de la Nación, Aviador Benjamín Matienzo y Ruta 201, El Palomar. Teléfono: 4751-7442/ 4751-7275. Atención martes de 14 a 18 hs. y viernes de 8 a 12 hs.
Edificio Libertad- AV. Comodoro Py Nº 2055, Piso 9° Of. 98, de lunes a viernes de 7.30hs a 18.00hs, Guardia telefónica las 24hs a través del Nº (011) 15.40.31.20.57
Oficina de Género de la Base Naval Puerto Belgrano. Jefa de Oficina: CN Ingeniera María Inés Uriarte. Celular: (0291) – 4359043
Edificio Cóndor. Pedro Zanni 250, Oficina 173 Blanco. Teléfono: 4317-6000 interno 15266. Atención de 09hs a 13hs. Mail: ofigenero@faa.mil.ar
Delegación Córdoba. Instituto Universitario Aeronáutico, Oficina de Ayudantía del Instituto. Teléfono: 0351-4435001/2 Internos 34101 / 34102. Horario de Atención 09hs a 13hs
Delegación Rosario. Liceo Aeronáutico Militar. Atención lunes, miércoles y viernes, de 08hs a 12hs. Teléfono 0341-4931278 Interno 33164
El Ministerio de Defensa, por medio de la convocatoria del Consejo Nacional de la Mujer, fue partícipe de la mesa de trabajo interministerial en el marco de la implementación de la Ley Nº 26.485 sobre “Protección Integral de la Mujer en los ámbitos donde desarrolla sus relaciones interpersonales”.
Por otro lado, se continúa profundizando la articulación con las distintas Áreas de la Mujer Provinciales a los efectos de coordinar actividades conjuntas y colaborar con las iniciativas que se gesten en los diversos ámbitos estatales vinculados con temas de género. Distintas acciones se llevan adelante especialmente en aquellas provincias que tienen una mayor cantidad de unidades o bases militares.
Plan de Acción en el ámbito de la Defensa para la efectiva implementación de la Perspectiva de Género en el ámbito de las operaciones internacionales de mantenimiento de la paz - Resolución Ministerial 1226/08
Se continúa con el fortalecimiento de las iniciativas implementadas y se desarrollan nuevas acciones afirmativas en el marco del Plan de Acción en el ámbito de la Defensa para la efectiva implementación de la perspectiva de género en el marco de las Operaciones Internacionales de Mantenimiento de la Paz, el cual está orientado a la implementación de la Resolución N° 1325/2000 sobre Mujer, Paz y Seguridad del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
En este contexto, también se articulan actividades a través del Grupo de Trabajo para el Diagnóstico y Análisis de Medidas y Acciones para la efectiva implementación de la perspectiva de género en el marco de las Operaciones Internacionales de Mantenimiento de la Paz (Resol 207/08). El mismo está conformado por la Dirección Nacional de DDHH y DIH del Ministerio de Defensa, el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) dependiente del Comando Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; la Dirección General de Cooperación para el Mantenimiento de la Paz del Ministerio de Defensa y Jefatura III del Estado Mayor Conjunto.
Se viene trabajando en torno a tres grandes objetivos del Plan, los cuales consisten en la construcción y ampliación de nuevas instalaciones; el relevamiento de necesidades y demandas de nuevos jardines; y la supervisión de las condiciones edilicias y del régimen de trabajo del personal a cargo de los jardines que ya se encuentran en funcionamiento.
Asimismo, estas obras irán acompañadas por la firma de convenios con los Ministerios de Educación de las provincias en las que éstos estén ubicados, con la finalidad de garantizar los contenidos pedagógicos. Los mismos preverán una distribución de la matrícula en un 65% destinada a los hijos e hijas del personal militar o civil dependiente del Ministerio de Defensa y el 35% restante se reservará para niños de la comunidad en la que esté inmerso.
En este contexto se encuentran en funcionamiento 10 Jardines Maternales y se prevé la inauguración de otros 2 en el transcurso de 2011. Asimismo, en el año 2011 se está avanzando con la construcción de 11 (once) nuevos jardines en distintas unidades militares del país como así también la ampliación de dos jardines que ya se encuentran en funcionamiento.
Jardines en funcionamiento
Jardín Maternal Nº5 Distrito Escolar Nº4 – Balcarce 677 - Ciudad de Buenos Aires
IAF - Jardín Maternal “Pulgarcito” - Cerrito 572 - Ciudad de Buenos Aires
CITEDEF - Jardín Maternal “Brotecitos” - Lasalle 4397 - Vicente López - Provincia de Buenos Aires
Jardín Maternal “Sargento Cabral” - Campo de Mayo – Provincia de Buenos Aires
Jardín Maternal “General Belgrano” - Báez 861 – Ciudad de Buenos Aires
Escuela Infantil “Libertad” - Edificio Libertad – Av. Comodoro Py 2055 - Ciudad de Buenos Aires
Jardín Maternal “Stella Maris” - Hospital Pedro Mallo - Av. Patricias Argentinas 351 - Ciudad de Buenos Aires
Jardín Maternal “M. Calderón de la Barca” - Base Aeronaval Alte Zar – Trelew - Chubut
Jardín Maternal “Stella Maris” - Puerto Belgrano – Provincia de Buenos Aires
Jardín Maternal “Barquito de Papel” – Mar del Plata - Provincia de Buenos Aires
Jardín Maternal “Rinconcito Aeronáutico” - El Palomar - Provincia de Buenos Aires
Jardín Maternal “Mi pequeño mundo” - Edificio Alas – Viamonte 153 - Ciudad de Buenos Aires
Las actividades del mencionado Plan están orientadas a profundizar el trabajo que se viene realizando desde 2008. Se mantienen las reuniones mensuales con el Grupo de Trabajo de Violencia Intrafamiliar a los fines de coordinar las siguientes actividades:
Capacitaciones a los/as profesionales que integran los equipos interdisciplinarios ya existentes y a los profesionales de las áreas de la salud, trabajo social y jurídica de las FFAA.
Jornadas de sensibilización para los/as integrantes de las Fuerzas Armadas y su familia, dando continuidad a actividades en Barrios Militares.
Creación de nuevos equipos de atención de casos de violencia intrafamiliar y la continuidad y profundización de actividades interinstitucionales e intrainstitucionales.
Al momento entre las tres Fuerzas se cuenta con un total de nueve equipos de atención de casos de violencia intrafamiliar en el ámbito de las Fuerzas Armadas.
Equipos de Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar
Este servicio se encuentra en los hospitales y centros de salud más importantes de las Fuerzas.
Departamento Violencia intrafamiliar
Tel. (011) 4346-6100 (interno 2726).
Azopardo 250, 2° Piso, CABA. Dirección de Asuntos Humanitarios, Estado Mayor General del Ejército.
violenciaintrafamiliar@live.com.ar
Hospital Militar Central
Tel. (011) 4576-6558 (interno 9287)
Av. Luis María Campos 726, CABA.
savifhmc@hotmail.com
Policlínica Actis
Tel. (011) 4981-2771 (interno 116)
Av. Rivadavia 4283 Pabellón de Dirección, CABA.
vifactis@gmail.com
Hospital Militar de Salta
Tel. (0387) 4219345 / 4212567
Av. Arenales y Martín Cornejo s/n, Salta.
hospitalmilitarsalta@gmail.com
Equipo Interdisciplinario del Hospital Militar Campo de Mayo
Tel. (011) 4666-0859 / 3500 (interno 227)
Av. Tte. Grl. Pablo Ricchieri s/n, 1° Piso, CABA. Edificio de Clínica Médica frente al sector de Clínica.
vifhmcm@hotmail.com
Hospital Naval Puerto Belgrano
Tel. (02932) 489-567. Para emergencias al celular: (02932) 15-514-523
Pabellón 6to, Planta Alta, Sala sexta, Puerto Belgrano, Punta Alta.
Hospital Naval Ushuaia
Tel. (02901) 421602-9220 (interno 9220)
Yaganes s/n, Ushuaia, Tierra del Fuego
De Lu a Vie. De 08 a 13 hs
Unidad de Contención y Orientación Familiar (U.C.O.F)
Tel. (011) 4843-0190 / 4317-6000 (rti 626529)
Calle Sabat N° 27, Barrio Aeronáutico, El Palomar, Bs As.
vivirsinviolencia@ffaa.mil.ar
Facebook: UCOF Fuerza Aérea Argentina
Hospital Aeronáutico Central
Tel. (011) 5168-7157 / 4317-6000 (interno 63157)
Ventura de la Vega 3697, oficinas 918 y 919, Pompeya, Bs. As.
Hospital Aeronáutico Córdoba. Comité de Prevención, Asistencia y Rehabilitación de las Víctimas de Violencia (COPREARVV).
Tel. (0351) 4298-800 (interno 39277)
Av. Colón 450, 2° Piso, Oficina 202, Córdoba.
cristinamalpartida@hotmail.com
Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Dirección General de Salud
Tel. (011) 4317-6725 / 6000 (rti 16725)
Edificio Cóndor, Com. Pedro Zanni 250, Oficina 178, Sector Blanco, CABA.
violenciaintrafamiliar_cp@faa.mil.ar
Por otro lado se avanzó en el diseño del Plan de Salud Sexual y Reproductiva en el ámbito de las Fuerzas Armadas. En el marco de la Resolución MD N° 28/10 acorde a la Ley 25.673 que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y la Ley 26.150 que crea el Programa Nacional de Educación Sexual Integral se realizan actividades para promover los derechos sexuales y reproductivos en el ámbito de las Fuerzas Armadas.
Línea de Salud Sexual 0800-222-3444
La Línea de Salud Sexual brinda atención personalizada y oportuna a la población en general y facilita su acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva en todo el país.
Ofrece:
Informa sobre:
La atención es de lunes a viernes de 6 a 24 hs y fines de semana y feriados de 9 a 21 hs.
Desde teléfonos fijos y teléfonos públicos la llamada es gratis. Desde teléfonos celulares con cargo.
Derogación del inciso b del artículo 8° de la Reglamentación del Servicio Militar Voluntario aprobado por Decreto N° 978 de fecha 6 de Julio de 1995. De esta forma se erradicó el requisito que impedía que aquellas personas que tuvieran hijos o personas a cargo accedieran al Servicio Militar Voluntario, circunstancia que por razones culturales, económicas y sociales, tenía una mayor incidencia en el caso de las mujeres.
A través del Consejo de Políticas de Género, se impulsó el dictado del Decreto que ordenó a los jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas incluir en las diferentes instancias de las Juntas de Calificación del Personal Superior y Subalterno, a las militares mujeres que se encuentren revistando en los grados a considerar en la integración de dichas juntas. Hasta tanto el personal femenino del cuerpo comando alcance los grados requeridos, esta inclusión se hará sin perjuicio del cuerpo, arma y/o escalafón a los que permanezcan
En el año 2006 se puso en funcionamiento el Primer Observatorio sobre integración de la Mujer en las Fuerzas Armadas, concebido como una herramienta de diagnóstico y análisis sobre la situación de las mujeres y su inserción en el ámbito de las Fuerzas Armadas. A partir de Febrero de 2007, dicho observatorio fue fortalecido al ser creado bajo la Resolución ministerial N° 213.
El Consejo de Políticas de Género para en la Defensa ha sido concebido como una instancia asesoramiento a la Ministra de Defensa, en el que se procuró asegurar la participación activa de las mujeres militares quienes en general, debido al escaso desarrollo de sus carreras, no participaban en el proceso de toma de decisiones ni siquiera cuando se trataba de decisiones que las afectaran directamente a ellas. Ellas expresaron esta demanda a través de la primera encuesta realizada desde el observatorio de políticas de género.
El objetivo del Consejo es el desarrollo de propuestas para el mejoramiento de las condiciones de acceso, permanencia y progreso en la carrera militar, destinadas a erradicar los obstáculos y promover acciones tendientes a garantizar la igualdad real de oportunidades para hombres y mujeres.
Está compuesto de manera diversa y amplia ya que entre las personas y organismos que lo integran se encuentran de mujeres de las Fuerzas Armadas, representantes de la sociedad civil, la academia y distintos organismos del Estado. Esta diversidad de miradas y disciplinas permiten un Consejo dinámico donde circulan ideas y desde el cual se formulan propuestas que hacen a una verdadera construcción de políticas públicas con perspectiva de género.
A través de la mencionada resolución se busca replicar la experiencia de las “Oficinas Centralizadas de la Mujer de la Fuerza Aérea” quienes vienen trabajando la temática con anterioridad. Este espacio fue pensado como un lugar de comunicación, contención y orientación que logre la integración y la cohesión de las mujeres en las Fuerzas Armadas. La composición de estas Oficinas se diagramó de manera interdisciplinaria contando como estándar mínimo con una psicóloga, una abogada y una trabajadora social, pudiendo estar integradas por personal militar o civil. En cuanto a su ubicación institucional, las mismas están a cargo de los Jefes de Personal, dando esto la entidad y jerarquía institucional necesaria para su efectivo funcionamiento.
Dando continuidad a la Resolución Nº 1160/08 que crea las Oficinas de Género, en el año 2009 se avanzó en una Resolución tendiente a reglamentar el Funcionamiento de dichas Oficinas. En la misma resolución se avanza en un Protocolo de Atención a los fines de estandarizar un criterio de consulta y de atención en todas las Oficinas de las tres Fuerzas.
Resolución Ministerial Nº 73/12 Se aprueba el Manual del Consejo de políticas de género para el ámbito de la Defensa.
Se requirió a los jefes de las Fuerza Armadas que modifiquen sus normas internas de las Fuerzas Armadas, a fin de evitar que se les exija a las mujeres militares embarazadas y/o lactantes la realización de actividades —como combate, orden cerrado, tiro y/o cualquier otra actividad que no sea debidamente aprobada por un médico— que podrían poner en riesgo su condición.
Mediante ella, se procura estandarizar y regular los distintos supuestos, que tengan que ver con embarazos sobrevinientes del personal militar femenino, que pueden presentarse al momento de pretender el ingreso a las Fuerzas Armadas, durante las distintas fases del proceso de formación y luego ya egresadas, a los efectos de compatibilizar el respeto de los derechos derivados de la maternidad y las necesidades del desarrollo de la carrera profesional en sus distintas etapas.
Se modificó una reglamentación que, al prohibir a quienes ingresaban a las instituciones de formación militar el reconocimiento de hijos o la asunción de paternidad, violaba el derecho de los padres a reconocer a sus hijos y el derecho a la identidad de los niños y niñas.
Se derogaron las normas que impedían la permanencia en el Colegio Militar y la Escuela de Aviación de las alumnas que quedaran embarazadas, lactantes y/o con niños/as. De este modo, se adecuó la reglamentación de las Fuerzas a lo dispuesto por la Ley N° 25.808.
Se resolvió, para las tres Fuerzas Armadas, la eliminación de toda restricción que impidiera el matrimonio entre personal militar de diferentes categorías o de éstos con miembros de las Fuerzas de Seguridad. Ello, atento que el orden público familiar no puede ser sometido a regulaciones distintas a las establecidas por la ley, afectaba las condiciones de igualdad del personal militar. Por la incompatibilidad de dicha prohibición con normas de orden constitucional, también se dispuso que fueran dejadas sin efecto las sanciones que se hubieran impuesto invocando la anterior normativa.
Se resolvió la eliminación de las normas existentes en las tres Fuerzas Armadas relativa a la exigencia que preveía que para contraer matrimonio era necesario contar con la autorización o venia del superior. Asimismo se dejó sin efecto toda sanción disciplinaria impuesta por este motivo tanto para el personal militar en actividad como para el que se encuentre reclamando judicial o administrativamente la revisión de sanciones de esta naturaleza.
Se modifica el Reglamento para la Administración del Personal de la Armada el cual establecía la posibilidad de someter a consideración disciplinaria la situación de concubinato, la existencia de hijos extramatrimoniales o embarazo siendo soltera. Se dejó sin efecto dicha normativa interna sin que pudieran ser esas causales pasibles de sanción disciplinaria alguna.
Se derogaron aquellas regulaciones internas de las Fuerzas que, bajo la arrogación indebida de la facultad de regular aspectos de la vida privada del personal militar, obligaban a los hombres y mujeres de las Fuerzas Armadas a proveer información sobre sus condiciones familiares, con el agravante de que aquellos casos que las autoridades consideraran “irregulares” o “especiales” ello tenía consecuencias en las posibilidades de desarrollo profesional y continuidad de la carrera militar. Acompañando la derogación de tales reglas, se dispuso que quedaran sin efecto aquellas sanciones disciplinarias fundadas en estos motivos, cuando se encontraran reclamadas judicial o administrativamente.
Se resolvió la revisión integral de las normas de las tres Fuerzas Armadas y la posterior eliminación de todo tipo de distinción entre hijos adoptivos e hijos biológicos, hijos matrimoniales y extramatrimoniales, desterrando normas de carácter estigmatizante contrarias a la dignidad de las personas y a su derecho a ser tratadas en condiciones de igualdad tal como establece la legislación civil nacional que eliminó hace varios años esas distinciones.
En el año 2007 se puso en funcionamiento el jardín maternal ubicado en el Barrio de San Telmo, para trabajadores del Ministerio de Defensa y del Estado Mayor General del Ejército. En este contexto, se celebró un convenio firmado entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Educación porteño el cual permite que la oferta docente y pedagógica sea cubierta por la autoridad educativa.
Luego, con el objeto de compatibilizar las responsabilidades que requieren la actividad profesional y familiar, tanto para hombres como para mujeres, civiles y militares, pertenecientes a las Fuerzas Armadas, a través de la Resolución Ministerial N° 198/08 se puso en marcha el Plan Nacional de Jardines Maternales y Paternidad Responsable.
A tal efecto, se conformó una Comisión de Trabajo coordinada por la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario e integrada por representantes de las tres Fuerzas, de la Subsecretaría de Coordinación y de las representaciones gremiales. Dicha comisión trabaja en la apertura de nuevos jardines y ampliación de jardines ya existentes, en la supervisión de Jardines que se encuentran en funcionamiento y en el relevamiento de necesidades de nuevos jardines maternales.
Procura garantizar las prestaciones médicas a las/os hijos/as de los/as soldados voluntarios/as, los/as cadetes/as y los/as aspirantes.
Se establece la promoción y difusión en el ámbito de las Fuerzas Armadas, de los derechos sexuales y de los derechos reproductivos a través de la Línea “0800-2222-3444 Salud Sexual” del Ministerio de Salud de la Nación.
Por medio de ella, se pone en marcha el Plan Nacional de salud sexual y procreación responsable en las Fuerzas Armadas, acoplándose a los objetivos y propósitos del Programa Nacional de Ministerio de Salud de la Nación.
Se puso en marcha el Plan de Trabajo Conjunto para Promover una Política Integral para la Detección, Atención y Registro de los Casos de Violencia Intrafamiliar. El mismo fue diseñado con el objetivo general de contribuir a la erradicación de las distintas formas de violencia, marcando como objetivos específicos de trabajo la conformación de equipos interdisciplinarios de asistencia a las víctimas de violencia intrafamiliar en servicios de salud de cada una de las Fuerzas Armadas; la sensibilización en temas de violencia intrafamiliar y la capacitación específica en la temática a los actores claves.
Se estableció un protocolo estandarizado de atención para los equipos de Violencia Intrafamiliar de las tres Fuerzas Armadas asegurando homogeneidad en la atención y en la prestación de los servicios, junto con la calidad que provee el haberlos desarrollado con el asesoramiento de personas expertas tal como será referido en el apartado dedicado al Plan de Violencia Familiar que se lleva adelante desde el año 2008.
Esta Resolución institucionaliza en el ámbito de la Defensa, el Plan de Trabajo conjunto para promover una política integral para la detección, atención y registro de los casos de violencia intrafamiliar, con la coordinación a cargo de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Mediante esta decisión se procede a actualizar la Guía de recursos de la lucha contra la violencia intrafamiliar la cual había sido aprobada por la Resolución Ministerial Nº 1348/08, con el objetivo de que los Jefes de las fuerzas incorporen y difundan en todas las guarniciones, unidades y dependencias que correspondan el listado de recursos existentes para la lucha contra la violencia que se establece en la presente Resolución.
Esta Resolución aprueba las modificaciones al Protocolo de atención de víctimas de violencia intrafamiliar en el ámbito de las Fuerzas Armadas. Dichas modificaciones incluyen disposiciones sobre las normas de funcionamiento de los equipos de atención, las pautas de trabajo, las modalidades de admisión, la metodología para entrevistar a las víctimas, entre otras.
Por medio de la misma, se instruyen a los Jefes de las Fuerzas para que revisen las reglamentaciones de vivienda a los fines que en los casos en que exista una orden judicial de exclusión del hogar por violencia intrafamiliar se permita que la víctima y sus hijos/as permanezcan en la vivienda de la Fuerza por un determinado tiempo hasta tanto dure la medida cautelar dictaminada.
Se modifica la reglamentación del Ejército que excluía la posibilidad de solicitar la adjudicación de vivienda al personal del Ejército soltero/a con hijos legalmente a cargo.
Se propició la modificación de la Resolución Ministerial que establece el Reglamento del Ministerio para la aplicación del Plan Federal de Construcción de viviendas asegurando criterios de género en los criterios de priorización para la asignación de las viviendas. Esta medida asegura que quienes integren familias numerosas, tengan en forma individual la responsabilidad del grupo familiar y/o resulten víctimas de violencia familiar fehacientemente acreditada serán priorizados en la asignación de las viviendas.
La resolución estableció como criterio de prioridad para la asignación de viviendas fiscales, la consideración de la situación de los hogares monoparentales y monomarentales.
Se estableció la obligación de las Fuerzas Armadas de modificar la composición de las diferentes juntas, comisiones e instancias de asesoramiento en lo referente a los estudios de la reglamentación de los uniformes de las mujeres militares. Esta medida se inserta en el marco de las medidas impulsadas para garantizar condiciones de equidad en los distintos procesos y ámbitos de toma de decisión de las Fuerzas Armadas.
A través del Consejo de Políticas de Género cada una de las Fuerzas presentó una propuesta de modificación a los Regímenes de Uniformes. Éstas modifican y/o incorporan puntos vinculados a la vestimenta femenina en razón del servicio. Con ello se avanza en una nueva actualización en la materia de uniformes, a la luz de los nuevos roles que en la actualidad ocupan las mujeres en la Fuerzas Armadas
Resolución Ministerial Nº 208 del 27 de febrero de 2008 y Resolución Ministerial Nº 656 del 24 de junio de 2008
A través de la Resolución Ministerial N° 208/07, se resolvió para las tres Fuerzas Armadas la restricción de la portación, tenencia y transporte del arma de dotación del personal denunciado por violencia intrafamiliar, interpersonal y/o abuso de armas, al ámbito específico donde presta servicios el personal denunciado hasta tanto se resuelva el proceso judicial y/o administrativo.
Posteriormente, esta norma quedó tácitamente derogada toda vez que mediante Resolución Ministerial Nº 656 del 24 de junio de 2008 se resolvió que las tres Fuerzas Armadas debían limitar la tenencia y portación de las armas de fuego de dotación sólo a los actos de servicio que requieran de las mismas y a la permanencia estricta de aquéllas en el lugar en el que se deba realizar la actividad asignada en el destino, y para que el personal militar, pueda al retirarse a su domicilio, depositar el arma en un espacio con las medidas de seguridad adecuadas y habilitado a tal efecto. Esta medida se extendió al personal en situación de retiro, el que se dispuso debía restituir sus arma.
Se modifica la Resolución Ministerial Nº 1426 del 28 de diciembre de 2006 a fin de permitir que las mujeres militares puedan integrar la terna de candidatos propuestos por integrar una misión en las Agregadurías Militares en el extranjero.
Se dispuso la creación del Grupo de Trabajo para el Diagnóstico y Análisis de Medidas y Acciones para la efectiva implementación de la perspectiva de género en el marco de las operaciones internacionales de mantenimiento de la paz, identificando medidas de adopción en el mediano y largo plazo. Dicho grupo de trabajo estuvo constituido por representantes de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Cooperación para el Mantenimiento de la Paz del Ministerio de Defensa, el Departamento de Operaciones de Paz dependiente de la Jefatura III Operaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz dependiente del Comando Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.
En relación a la aplicación de la Resolución 1325 sobre Mujer, Paz y Seguridad del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el Ministerio de Defensa desarrolló el “Plan de Acción en el ámbito de la Defensa para la efectiva implementación de la Perspectiva de Género en el ámbito de las Operaciones Internacionales de Mantenimiento de la Paz”. Dicho Plan contiene recomendaciones básicas para la implementación de medidas a mediano y largo plazo para la efectiva implementación de la Resolución 1325 en el ámbito de la Defensa.
En el marco de la implementación del “Plan de Acción en el ámbito de la Defensa para la efectiva implementación de la Perspectiva de Género en el ámbito de las Operaciones Internacionales de Mantenimiento de la Paz”, se estableció una metodología para relevar información sobre la situación de género en los contingentes argentinos desplegados en las operaciones de paz a ser realizadas por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y por los Puntos Focales de Género designados.
A través de la resolución se adecuaron las normas internas de las Fuerzas Armadas para facilitar la participación de las suboficiales mujeres en las misiones en el extranjero y con ello, promover medidas que garanticen una igualdad real de género.
La Armada Argentina informó sobre las siguientes disposiciones relacionadas al acoso sexual y a la discriminación:
La Fuerza Aérea Argentina informó sobre las siguientes resoluciones: